Controladores Fiscales Nueva Tecnología

Los Controladores Fiscales que utilizan una "Nueva Tecnología" trabajan con información en tiempo real y digitalizada. Los nuevos equipos incorporan una memoria digital que almacena las operaciones realizadas con el controlador fiscal. También generan reportes automáticos como ser la cinta testigo digital -eliminando la obligación de la cinta testigo papel-, el duplicado de comprobantes clase “A” y el resumen de totales de operaciones. Los nuevos controladores permitirán emitir facturas “A” -con leyenda “pago en CBU informada”- y “M”. Además incorporarán el Data Fiscal en todos los comprobantes destinados a consumidores fiscales, crean nuevos comprobantes de donaciones y eliminan la emisión de comandas.

¿ Quiénes están obligados a utilizarlo?

  1. Los Responsables Inscriptos cuya actividad se mencione en la lista del Anexo I , Capítulo C, de la RG
    AFIP Nº3561/13. Incluye a los que, según último año calendario:

    a. En operaciones masivas habituales, las realizadas con Consumidores Finales supere n al total de
    las realizadas con otros contribuyentes.

    b. En operaciones no masivas:

    I. Las realizadas con Consumidores finales superen los 240 comprobantes, y/o…
    II. El monto de las ventas a Consumidores Finales supere el 5% de las ventas totales.

    c. Los que emitan tiques para respaldar sus operaciones.

    2. Los incluidos en las categorías H, I, J, K y L, para los adheridos al Régimen Simplificado para pequeños
    contribuyentes cuya actividad se mencione en la lista del Anexo I, Capítulo C, de la RG AFIP Nº
    3561/13, excepto los que pertenezcan al Régimen de Inclusión Social y/o a la Promoción de Trabajo
    Independiente.

    Se incluye a todos los que realicen entrega a domicilio (delivery) , cualquiera sea su categoría.

    Los que en el local realicen actividades mencionadas en la lista del Anexo I, Capítulo C, de la RG AFIP Nº
    3561/13, y en el resto del establecimiento realicen otro tipo de actividades. En tales casos, corresponde el
    uso de Controlador Fiscal si las ventas a Consumidores Finales superan el 20% de las ventas totales.

    Quienes estén obligados al uso de Controladores Fiscales, pueden optar por el uso de Factura Electrónica para las operaciones que no involucren a Consumidores Finales.
    Si en un mismo local se efectúan actividades alcanzadas y otras no alcanzadas al uso del controlador fiscal, la
    obligación al uso de controlador fiscal se extiende a todas las actividades.


 

Estos son los primeros que salieron al mercado y en Natural Software estamos trabajando para incorporarlos en conjunto con el modulo de Factura Electronica

 

P-HAS-1000 F

  • Impresora fiscal de segunda generación.

  • Alimentación Automática de papel.

  • Puerto USB/RS-232/Ethernet.

  • Reportes AFIP validados mediante firma digital

  • Satisface RG AFIP Nº3561/13.

  • Homologado: RG AFIP Nº3809/15 Fecha: 18/11/2015 - BORA (Boletín Oficial) Fecha: 23/11/2015


P-HAS-250 F

  • Impresora fiscal de segunda generación.

  • Alimentación Automática de papel.

  • Puerto USB/RS-232/Ethernet.

  • Reportes AFIP validados mediante firma digital.

  • Satisface RG AFIP Nº3561/13.

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